Es la
actividad económica que comprende la producción, industrialización y
comercialización de productos agropecuarios, forestales y de otros recursos
naturales biológicos. Otro concepto nos señala: “Se
define Agroindustria como la rama de industrias que transforman los productos
de la agricultura, ganadería, riqueza forestal y pesca, en productos
elaborados.”
En buena
cuanta la agroindustria es la actividad mediante la cual se otorga valor agregado
a los productos de la agricultura, la ganadería, la silvicultura y la pesca.
En la
actualidad está considerada como una rama de la industria que tiene por objeto
facilitar la duración y disponibilidad de los productos de una época a otra,
sobre todo de aquellos que son perecederos.
La agroindustria se divide en dos categorías:
a)
La
alimentaria, que se encarga de la transformación de los productos de la
agricultura, ganadería, riqueza forestal y pesca, en productos alimenticios, ya
sea para el consumo de los seres humanos o los animales.
b)
La
no-alimentaria, es la encargada de transformar las materias primas de
origen animal o vegetal en productos para la industria como tintes, químicos,
etc.
El artículo
29º del Decreto Legislativo Nº 02, Ley de Promoción y Desarrollo Agrario, nos
ofrece una definición de la agroindustria, en los siguientes términos: “…..se entiende por agroindustria la
transformación primaria de productos agrarios efectuada directamente por el
propio productor o por empresa distinta del mismo, ubicada en la misma área de
producción y estrechamente relacionada a dicho proceso productivo…..”
En nuestro
país, la única norma legal que oficialmente señaló las actividades de la
agroindustria fue el artículo 6º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 02,
Ley de Promoción y Desarrollo Agrario, del 17 de noviembre de 1980, aprobado
por decreto Supremo Nº 147-81-AG, del 02 de octubre del 1981, que dice:
- “Beneficio
de ganado, aves y otros animales menores; corte, clasificación y empacado de
las carnes, selección y clasificación de las grasas; secado, refrigeración,
congelado, salado y ahumando de carnes y menudencias.
- Enfriado,
pasteurizado, esterilizado y otros procesos similares de higienización y
homogenización de leche fresca de producción nacional.
-
Elaboración
de jamones y embutidos;
-
Preparación
de tripas para embutidos y otros usos;
-
Secado
y salado de pieles y cueros.
-
Clasificación,
lavado y cardado de lanas y fibras, pelos y plumas.
-
Limpieza,
clasificación, conservación y empacado de huevos frescos; quebrado de huevos,
congelado o deshidratado de yemas y fermentado y deshidratado de claras.
-
Elaboración
de quesos, yogours, mantequilla, manjarblanco y análogos, de origen lácteo de
producción nacional.
-
Desmotado
y prensado de algodón.
-
Descascarado,
limpieza, pilado, selección, clasificación, precocido y envasado de arroz.
-
Desecado,
deshidratado, trozado, molienda y enmalezado de pastos, cereales y otros
productos del agro.
-
Procesamiento
de deshechos de frutales y hortalizas para forrajes.
-
Preparación
de alimentos balanceados, ubicados en áreas rurales y que utilicen no menos de
90% de insumos nacionales
-
Elaboración
de harinas, almidones de yuca, papa y otros tubérculos y granos.
-
Procesamiento
de guano de aves para uso forrajero.
-
Descascarado,
fermentado, clasificación, tostado y molienda de café, cacao y otras semillas.
-
Descascarado
y clasificación de castañas.
-
Limpieza,
selección, preservación y empacado de frutas y hortalizas.
-
Secado,
congelado y deshidratado de frutas y hortalizas.
-
Extracción,
preservación y envasado de jugos de frutas y hortalizas.
-
Purificación
y envasado de cera y miel de abejas.
-
Curado,
clasificación, secado, tostado y envasado de hojas de té.
-
Extracción
y enriado de fibras vegetales.
-
Extracción
de aceites crudos, refinado y envasado, para uso comestible, de origen vegetal.
-
Extracción
de aceites esenciales de origen vegetal.
-
Elaboración
de chancaca y alcoholes, derivados de jugos vírgenes.
-
Extracción
de manteca y otras grasas comestibles de origen animal no marino.
- Preparación,
conservación y envasado de carnes y menudencias de la fauna silvestre.
-
Preparación,
conservación, obtención de extractos y envasado de frutas, hortalizas, yemas
terminales de palmito y otras especies forestales.
-
Concentrados
de frutas, tomates y otras hortalizas.
- Molienda,
picado, pelado, chancado y otros procesos aplicados a hojas, flores, frutos,
vainas, raíces, resinas y otros productos forestales.
-
Fabricación
de conservas, de compotas, jaleas y mermeladas, ubicadas en zonas rurales.
-
Fabricación
y refinación de azúcar.
-
Aserrio
de madera en rollo, madera simplemente escuadrada, vigas o cuartones, tablas,
listones y madera de pequeñas dimensiones, parquet y otros productos similares
de madera.
-
Fabricación
de embalajes, de maderas tales como cajones, jabas y similares, para transporte
de productos agrarios.
-
Secado
y tratamiento de la madera mediante empleo de preservantes.
-
Extracción
y concentración del caucho o jebe natural, ojé, leche caspi y otras gomas y
resinas naturales forestales de uso industrial.
-
Curado
y clasificación de hojas de tabaco.
-
Tratamiento
y envasado de plantas medicinales.
- Elaboración
de productos artesanales a base de madera y otros productos forestales y de la
fauna silvestre.
-
Corte
y preparación de carrizos, cañas, bambu. Producción de esteras, tapetes y otros
productos de junco, caña, totora, paja, hinca, mimbre, etc.
- Fabricación
y envasado de nueces azucaradas, salado y confitado de castañas, pecanas,
marañón o cashio y otros productos forestales.
-
Destilación
y mezcla de licores y empleo de saborizantes naturales ubicados en áreas
rurales.
-
Elaboración
de vinos, piscos y sidras.
-
Malteado
de cebada y, otros granos de producción nacional, ubicados en área rural.
-
Extracción
y secado de Cochinilla
-
Preparación,
tratamiento y envasado de plantas ornamentales forestales.”
Es indudable
que este listado a la actualidad ha sido superado, pues en el mundo moderno
existen una infinidad de actividades agroindustriales, con o sin
transformación, veamos:
I.- SIN TRANSFORMACIÓN
- Centros de acopio para pequeños productores:
Selección, empaque y mercadeo.
a)
Leche.
b)
Pescado (pesca costera).
c)
Frutas y verduras.
d)
Materia prima para la industria.
- Almacenamiento
a)
Silo de granos.
b)
Almacenes de materias primas o productos
elaborados.
c)
Cámaras frigoríficas.
d)
Congeladoras.
- Selección, clasificación y empaque
a)
Fruta cítrica. Clasificación por volumen, 7
tamaños.
b)
Fruta de carozo. Clasificación por peso.
- Tamaños
a)
Plátanos. Empaque de manos, por peso. Maduración
programada.
b)
Hortalizas. Clasificación por volumen, 3-4
tamaños.
c)
Flores. Clasificación por variedad, color y
largo de tallo.
d)
Empaque minorista. Impresión de peso y precio.
II.- CON TRANSFORMACIÓN
1. Primer grado de transformación
1.
Conservación
y empaque del producto
a)
Deshidratado de frutas, verduras, especias,
pescado.
b)
Secado de tabaco.
c)
Secado y tostado de pipas de girasol.
d)
Enlatado de frutas y verduras.
e)
Encurtido de hortalizas.
f)
Congelado de verduras.
g)
Beneficio de café.
h)
Beneficio de cacao.
i)
Lavadora de lana.
j)
Jaleas y mermeladas.
k)
Pasteurizado de leche.
l)
Pasteurizado de miel.
m)
Descascarado y pelado de fruto seco.
2. Elaboración
a)
Jugos de frutas, concentrados.
b)
Ingenios de azúcar. Panela o chancacas.
c)
Concentrados de tomate.
d)
Subproductos de la papa.
e)
Camales de vacunos, ovinos y porcinos.
f)
Camales de pollos y pavos.
g)
Limpieza y fileteado de pescado.
h)
Harina de carne.
i)
Harina de pescado.
j)
Bodegas de vino.
k)
Fábricas de cerveza: Industrial o artesanal.
l)
Molinos de cereales.
m)
Fábrica de alimentos balanceados.
n)
Aserraderos y secado de madera.
o)
Entarimado y plywood.
p)
Tratamiento de fibras vegetales.
q)
Fabricación de papel
r)
Aceite de oliva.
s)
Aceites vegetales.
2. Segundo grado de transformación
a)
Subproductos de la leche.
b)
Subproductos de la carne.
c)
Salado, curtido y tratamiento del cuero.
d)
Harina de carne.
e)
Pasta y aceite de pescado.
f)
Tostado de café.
g)
Productos de panaderías.
h)
Sopas y comidas preparadas.
i)
Derivados del azúcar.
j)
Fábrica de sogas y esterillas.
k)
Productos de pasta.
3. Tercer grado de elaboración
a)
Tejedurías.
b)
Subproductos del cacao.
c)
Café instantáneo.
d)
Puertas y ventanas. Muebles.
e)
Marroquinería.
4. Servicios
a)
Incubadoras de huevos.
b)
Tratamiento de desperdicios.
c)
Talleres de mantenimiento
III.- POR CONGLOMERADOS AGROINDUSTRIALES.
En esta
clasificación se agrupan las actividades basadas en cada materia prima.
1.
Conglomerado
cárnico
a)
Camales de vacunos y porcinos, troceado,
frigorífico, empaque, congelado.
b)
Chacinería, embutidos, ahumado, cocido,
enlatado.
c)
Harina de carne y aceite.
d)
Salado de pieles.
e)
Preparación y teñido de cueros.
f)
Marroquinería, talabartería.
g)
Matadero de pollos, troceado, enfriado,
congelado.
h)
Incubadoras.
i)
Harina de carne y plumas.
2.
Conglomerado
de la madera
a)
Aserradero de trozas, tablas y tablones.
b)
Laminadora.
c)
Fábrica de terciada, plywood.
d)
Compactados de aserrín.
e)
Postes tratados.
f)
Machihembrados-parquet.
g)
Muebles de jardín.
h)
Fabricación de cajas.
i)
Secadero – Muebles.
j)
Carbón de leña.
3.
Lácteos
a)
Centros de acopio y enfriado.
b)
Pasteurizado y envasado minorista.
c)
Mantequilla - crema – natillas.
d)
Quesos frescos y duros.
e)
Yogour.
f)
Helados – postres.
g)
Leche en polvo.
4.
Frutas
y verduras
a)
Plantas de selección y clasificación.
b)
Jugos - néctares – concentrados.
c)
Dulces y mermeladas.
d)
Subproductos del tomate.
e)
Frutas enlatadas.
f)
Encurtidos.
g)
Frutas desecadas.
h)
Verduras deshidratadas.
i)
Verduras congeladas.
5.
Pescado
a)
Abastecimiento de hielo.
b)
Heladeras de conservación.
c)
Limpieza y fileteado.
d)
Enlatado.
e)
Harina de pescado.
La División de
Estadística del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la
Organización de las Naciones Unidas
desde 1948 viene publicando la Clasificación Industrial Internacional Uniforme
de todas las Actividades Económicas (CIIU), que es una clasificación
internacional de referencia de las actividades económicas productivas, cuya
principal finalidad es facilitar un conjunto de categorías de actividad que
pueda utilizarse como una herramienta importante para la comparación de datos
estadísticos sobre actividades económicas a escala internacional.
En su versión
3.1 esta clasificación, no reconoce una actividad que propiamente se denomine
“agroindustria” sino que la ubica en el rubro Industrias manufactureras y como
elaboración de productos alimenticios y bebidas, así:
“Industrias
manufactureras
Elaboración
de productos alimenticios y bebidas
Producción,
procesamiento y conservación de carne, pescado, frutas, legumbres, hortalizas,
aceites y grasas
-
Producción, procesamiento y conservación de
carne y productos cárnicos
-
Elaboración y conservación de pescado y
productos de pescado
-
Elaboración y conservación de frutas,
legumbres y hortalizas
-
Elaboración de aceites y grasas de origen
vegetal y animal
-
Elaboración de productos lácteos
-
Elaboración de productos de molinería,
almidones y productos derivados del almidón, y de alimentos preparados para
animales
-
Elaboración de productos de molinería
-
Elaboración de almidones y productos derivados
del almidón
-
Elaboración de alimentos preparados para
animales
Elaboración
de otros productos alimenticios
-
Elaboración de productos de panadería
-
Elaboración de azúcar
-
Elaboración de cacao y chocolate y de
productos de confitería
-
Elaboración de macarrones, fideos, alcuzcuz y
productos farináceos similares
-
Elaboración de bebidas
-
Destilación, rectificación y mezcla de
bebidas alcohólicas; producción de alcohol etílico a partir de sustancias
fermentadas
-
Elaboración de vinos
-
Elaboración de bebidas malteadas y de malta
-
Elaboración de bebidas no alcohólicas;
producción de aguas minerales
Elaboración
de productos de tabaco
-
Elaboración de productos de tabaco
Fabricación
de productos textiles
-
Hilatura, tejedura y acabado de productos
textiles
-
Preparación e hilatura de fibras textiles;
tejedura de productos textiles
-
Acabado de productos textiles
-
Fabricación de otros productos textiles
-
Fabricación de artículos confeccionados de
materiales textiles, excepto prendas de vestir
-
Fabricación de tapices y alfombras
-
Fabricación de cuerdas, cordeles, bramantes y
redes
Fabricación
de otros productos textiles n.c.p.
-
Fabricación de tejidos y artículos de punto y
ganchillo
-
Fabricación de prendas de vestir; adobo y teñido
de pieles
-
Fabricación de prendas de vestir, excepto
prendas de piel
Adobo
y teñido de pieles; fabricación de artículos de piel, Curtido y adobo de
cueros; fabricación de maletas, bolsos de mano, artículos de talabartería y
guarnicionería, y calzado
-
Curtido y adobo de cueros;
-
Fabricación de maletas, bolsos de mano y
artículos de talabartería y guarnicionería
-
Curtido y adobo de cueros, Fabricación de
maletas, bolsos de mano y artículos similares, y de artículos de talabartería y
guarnicionería
-
Fabricación de calzado
Producción
de madera y fabricación de productos de madera y corcho, excepto muebles;
fabricación de artículos de paja y de materiales trenzables
-
Aserrado y acepilladura de madera
-
Fabricación de productos de madera, corcho,
paja y materiales trenzables
-
Fabricación de hojas de madera para
enchapado; fabricación de tableros contrachapados, tableros laminados, tableros
de partículas y otros tableros y paneles
-
Fabricación de partes y piezas de carpintería
para edificios y construcciones
-
Fabricación de recipientes de madera
-
Fabricación de otros productos de madera;
fabricación de artículos de corcho, paja y materiales trenzables
Fabricación
de papel y de productos de papel
-
Fabricación de papel y de productos de papel
-
Fabricación de pasta de madera, papel y
cartón
-
Fabricación de papel y cartón ondulado y de
envases de papel y cartón
-
Fabricación de otros artículos de papel y
cartón.”
Finalmente
debemos señalar que el artículo 68º del Decreto Legislativo Nº 653, Ley de
Promoción de las Inversiones en el Sector Agrario, además de declarar de
interés nacional el desarrollo de la agroindustria, señala que cualquier
empresa agroindustrial puede ser propietaria de tierras rústicas, sin ninguna
limitación, excepto las previstas en esa Ley, y que además las inversiones en
la agroindustria no será objeto de condicionamientos legales o administrativos
que limiten su libre instalación, funcionamiento, operación y comercialización
de sus productos.
Además de esta
ley, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-91-AG, garantizan que la
instalación, operación y funcionamiento de cualquier empresa agroindustrial no
requerirá el cumplimiento de condicionamientos, ni permisos administrativos
previos. Además estas, dentro de marco legal, pueden adoptar cualquier modelo
de organización y forma jurídica.
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